Cuidado con las Nuevas Reglas para los Créditos Infonavit

Después de estar  leyendo en todos los diarios y notas periodísticas la información sobre las Nuevas Reglas para los Créditos Infonavit, me he quedado inquieto con la poca información que se le está dando al trabajador por las implicaciones de los cambios, que aparentan ser simples.

Cuidado con las nuevas reglas para los créditos Infonavit, porque no son cambios menores; iniciaré comentando algo que en especial me parece vale la pena considerar y que tengamos claro:

Uno de las principales cambios que establece la regla, es la obligatoriedad que establece el Infonavit para que al momento de que el trabajador tramite su crédito,  deba tener una garantía hipotecaria o fiduciaria en favor del Instituto en primer lugar.

La mayoría de las notas tiene como título “El Infonavit ahora pide garantía fiduciaria para otorgar créditos“, pero en el cuerpo de la nota NO explican qué significa esa “GARANTÍA FIDUCIARIA”.

Así que primero vamos a leer textualmente lo que dice la norma publicada en el diario oficial de la Federación (DOF) sobre la obliglación de esa garantía fiduciaria :

GARANTÍA

CUARTA.- Al formalizarse los créditos, deberá constituirse hipoteca o garantía fiduciaria en primer lugar en favor del Instituto, salvo en el caso de que el saldo de la subcuenta de vivienda sea mayor al monto del crédito.”

Con toda intención resalto la palabra “fiduciaria“, porque eso hace un mundo de diferencia en tu crédito Infonavit.

Cuidado con las Nuevas Reglas para los Creditos InfonavitEl Fideicomiso de Garantía o Garantía fiduciaria es una herramienta usada para garantizar determinadas operaciones de crédito, donde el dueño de la propiedad es el INFONAVIT y no el trabajador, ésto hasta que se termine de pagar la deuda.

En  una Hipoteca tradicional el propietario de la casa es el trabajador y el Infonavit tiene una hipoteca en favor, y solo en caso de no poder pagar el crédito por falta de trabajo, el Instituto puede demandar al trabajador, correr el proceso legal y ganar el juicio, para que el Juez le autorice el embargo de la propiedad. Hasta entonces podría quitársela para venderla y recuperar el dinero que el trabajador le debe.

En un fideicomiso, el TRABAJADOR cede al fiduciario (Infonavit), la propiedad fiduciaria, es decir le cede la propiedad de la casa.

En caso de que el trabajador no pudiera pagar su crédito, el Infonavit tiene la facultad de quitarle la casa al trabajador de forma INMEDIATA y venderla para liquidar  la deuda que se tienen con el Instituto. Si después de pagar el crédito y sus multas, recargos e intereses, llegara a sobrar algo de dinero, entonces se lo darían al trabajador.

La primera diferencia entre una GARANTÍA FIDUCIARIA y una GARANTÍA HIPOTECARIA es que en caso de incumplimiento, no se requiere la iniciación de juicio de ejecución hipotecaria debido a que según el contrato, el fiduciario (INFONAVIT) puede proceder inmediatamente a la liquidación del bien.

Es decir que la casa es del Infonavit hasta que el trabajador liquide el total de la deuda, entonces y solo entonces el fiduciario (Infonavit) le regresa la propiedad plena del bien al deudor (el fiduciante).

Las solicitudes de crédito presentadas al Instituto con anterioridad a la entrada en vigor de este nuevo mandato, se tramitarán conforme a las disposiciones vigentes en la fecha de presentación de dichas solicitudes.

Otro punto que cambia en los nuevos créditos INFONAVIT es que los gastos por concepto de impuestos, derechos de registro y avalúo corren a cargo del trabajador, y no se contemplarán dentro del monto de crédito que se te otorgue.

Además hay otra modificación que establece formalmente lo que pasará cuando el patrón descuente al trabajador la mensualidad de su crédito Infonavit y NO la reporte al Instituto:

DÉCIMA CUARTA:

(…)
Los descuentos por concepto de amortización de crédito que efectúe el patrón al salario del trabajador, que aparezcan en su recibo de sueldo y no hayan sido enterados, se considerarán como recibidos por el Infonavit, mismo que procederá contra el patrón.

Lo anterior  es algo bueno pues en caso de que tu patrón te descuente las mensualidades del crédito, pero no las pague al Infonavit, podrás demostrar con tus recibos de nómina que te descontaron el dinero y  el Infonavit restará esas mensualidades de tu saldo deudor y se irá en contra de tu patrón para cobrar lo no reportado.

“Asimismo si en los recibos de nómina no están consignados los descuentos y el subordinado lo hace del conocimiento al Infonavit, este exigirá al patrón lo retenido y ejercerá en su contra las acciones o denuncias correspondientes.”

Con lo anterior podemos dar por terminado con la creencia popular de que  “El Infonavit NO te quita la casa si no pagas y el banco si lo hace“.  En mi opinión no solo es un crédito muy caro, sino que también se convierte en el crédito con peores condiciones para el solicitante.

Aunque al final de la regla en la parte de transitorios dice:

(…)

“ARTÍCULO CUARTO.

La constitución de la garantía fiduciaria incorporada en la regla cuarta de las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Infonavit estará sujeta a la vigencia del “Programa para que los derechohabientes del Instituto, que adquieran una vivienda con una hipoteca del Infonavit y un subsidio del Gobierno Federal, al formalizar su crédito, se constituya una garantía fiduciaria en primer lugar en favor del Instituto”, el cual concluye el 31 de diciembre de 2014. Para estos efectos, la continuación de la constitución de garantía fiduciaria para futuras hipotecas que cumplan con estas condiciones, estará condicionada a la autorización expresa que para tal efecto otorgue el H. Consejo de Administración, con base en los resultados de la aplicación del referido programa, sin que esta futura condición, modifique de forma alguna las condiciones de las hipotecas que se originen bajo estas nuevas reglas.

(…)

¿Qué significa?, habrá que preguntarle al Infonavit….

Aquí  puedes ver las REGLAS  publicadas en el DOF para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para que la lean y puedan formar su propio criterio, pues me parece que deja cosas abiertas a interpretación  o que son poco claras.