Seguro Infonavit de Daños

El Seguro Infonavit de Daños

El Articulo 51 de la Ley del Infonavit dice textualmente:

“ARTICULO 51.- LOS CREDITOS QUE EL INSTITUTO OTORGUE A LOS TRABAJADORES ESTARAN CUBIERTOS POR UN SEGURO PARA LOS CASOS DE INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE O DE MUERTE, QUE LIBERE AL TRABAJADOR O A SUS BENEFICIARIOS DE LAS OBLIGACIONES, GRAVAMENES O LIMITACIONES DE DOMINIO A FAVOR DEL INSTITUTO DERIVADOS DE ESOS CREDITOS.

PARA ESTOS EFECTOS, SE ENTENDERA POR INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE LA PERDIDA DE LAS FACULTADES O APTITUDES DE UNA PERSONA, QUE LA IMPOSIBILITE PARA DESEMPEÑAR CUALQUIER TRABAJO EL RESTO DE SU VIDA, CUALQUIERA QUE SEA LA NATURALEZA DEL RIESGO QUE LA HAYA PRODUCIDO.

EL COSTO DEL SEGURO A QUE SE REFIEREN LOS PARRAFOS ANTERIORES QUEDARA A CARGO DEL INSTITUTO.

A FIN DE PROTEGER EL PATRIMONIO DE LOS TRABAJADORES, EL INSTITUTO PODRA PARTICIPAR CON EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS PARA PROMOVER EL DESARROLLO ASI COMO EL ABARATAMIENTO DE ESQUEMAS DE ASEGURAMIENTO A CARGO DE LOS ACREDITADOS, QUE PERMITAN AMPLIAR LA COBERTURA DE SINIESTROS.

TRATANDOSE DE LOS CASOS DE INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE, CUANDO ESTA SEA DEL 50% O MAS, O INVALIDEZ DEFINITIVA, EN LOS TERMINOS DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL, SE LIBERARA AL TRABAJADOR ACREDITADO DEL ADEUDO, LOS GRAVAMENES O LIMITACIONES DE DOMINIO A FAVOR DEL INSTITUTO, SIEMPRE Y CUANDO NO SEA SUJETO DE UNA NUEVA RELACION DE TRABAJO POR UN PERIODO MINIMO DE DOS AÑOS, LAPSO DURANTE EL CUAL GOZARA DE UNA PRORROGA, SIN CAUSA DE INTERESES, PARA EL PAGO DE SU CREDITO. LA EXISTENCIA DE CUALQUIERA DE ESTOS SUPUESTOS DEBERA COMPROBARSE ANTE EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES DENTRO DEL MES SIGUIENTE A LA FECHA EN QUE SE DETERMINEN.

EN LOS CASOS A QUE SE REFIERE EL PARRAFO ANTERIOR, LOS REGISTROS PUBLICOS DE LA PROPIEDAD CORRESPONDIENTES DEBERAN EFECTUAR LA INSCRIPCION DE LOS INMUEBLES EN FAVOR DE LOS BENEFICIARIOS, CANCELANDO EN CONSECUENCIA LA QUE EXISTIERE A NOMBRE DEL TRABAJADOR Y LOS GRAVAMENES O LIMITACIONES DE DOMINIO QUE HUBIEREN QUEDADO LIBERADOS.”

En base a lo anterior sabemos que en caso de que el trabajador llegara a morir, el crédito queda saldado, y lo mismo ocurre cuando el trabajador tiene una incapacidad permanente, y el costo de este seguro Infonavit corre a cargo del Infonavit; pero como podrán leer en el cuarto párrrafo de la ley, el Infonavit puede buscar alternativas para ampliar la cobertura del seguro en caso de siniestro, pero lo que no dice la ley es quién pagará el costo de esos seguros, pero en la práctica sabemos que el que paga el seguro Infonavit de Daños de la casa es el trabajador.

Basados en la ley, tenemos que el INFONAVIT tiene contratado un seguro de daños que cubre todas las viviendas que tienen un crédito vigente con el Instituto, lo que incluye cualquier tipo de crédito, incluyendo los créditos para ampliación o remodelación, como los créditos para el pago de pasivos. Si se han fijado en el descuento que les hace su patrón cada semana, quincena o mes, podrán ver un descuento por concepto de Seguro Infonavit de daños Infonavit, así que consideren que su casa está protegida en caso de algún daño, hasta el día que la terminen de pagar totalmente.

Aunque más arriba decíamos que la ley del Infonavit no establece quién deberá pagar el seguro de daños, debemos saber que en las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los trabajadores Derechohabientes del Infonavit, establece en su regla No. 31:

Los créditos que el Instituto otorgue a los trabajadores estarán cubiertos por un seguro para los casos de incapacidad total permanente o muerte, así como para los casos de incapacidad parcial permanente del cincuenta por ciento o más, o de invalidez definitiva en los términos previstos por la

Ley del Seguro Social, de acuerdo a lo señalado en el artículo 51 de la Ley del Instituto, que libere al trabajador o a sus beneficiarios de las obligaciones, gravámenes o limitaciones de dominio derivados de esos créditos. El costo de este seguro quedará a cargo del Instituto.

A fin de proteger el patrimonio de los trabajadores, el Instituto contratará, por cuenta del acreditado, el seguro de daños de la vivienda en garantía. Las primas correspondientes se repercutirán al acreditado, incorporándolas en el pago de la amortización del crédito.”

En pocas palabras el seguro Infonavit de daños, lo debemos pagar nosotros y nos lo van cobrando de forma periódica, para irlo pagando cada mes. Y su costo es el siguiente:

Seguro Infonavit danos

¿Es obligatorio el seguro Infonavit de daños para la vivienda del Trabajador?

Sí, así lo establece la regla 31 de las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre del 2002. Recuerda que es un beneficio para los trabajadores porque, en caso de pérdida de su patrimonio, no se quedan con la deuda.

¿Que cubre el seguro Infonavit de Daños?

A partir de este mes y hasta el 2014, Seguros Banorte atenderá a las viviendas financiadas por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) que presenten daños derivados de fenómenos naturales, informó el mismo Instituto.
Viviendas que son garantía de créditos otorgados por el Infonavit, se entiende por vivienda, todo lo que constituye la edificación material y la Infraestructura. Cubre: Incendio, Terremoto, Erupción Volcánica, Desplazamiento de terreno, Súbito e Imprevisto, Inundación, Explosión, Huracán, Ciclón, Granizo y/o Nieve, Vientos Tempestuosos, Objetos caídos de aviones y Caía de arboles

 

El seguro Infonavit de Daños aplica siempre y cuando el crédito no se encuentre liquidado a la fecha del siniestro y ampara el daño que pudiera sufrir la vivienda a consecuencia de algunos de esos acontecimientos.

¿Que no está incluido en el Seguro Infonavit de Daños?

Los contenidos de los inmuebles, mobiliarios, equipos, dinero en efectivo, valores, obligaciones u otros documentos negociables, alhajas, piedras preciosas, y cualquier otro artículo de este tipo, diferentes a los enseres domésticos considerados en el paquete de indemnización de contenidos asegurados por esta póliza.
  • Daños causados por o resultantes en el desarrollo, distribución, proceso, manufactura, construcción, instalación del bien asegurado.
  • Daños causados por o resultantes de cualquier falla o deficiencia o defecto de planear, desarrollar, asentar, reparación, construcción, remodelación del bien asegurado, así como materiales usados en lo antes mencionado.
  • Daños en vivienda por falta de mantenimiento.
  • Entre otros.

¿El Seguro Infonavit Cubre a Morosos?

La póliza de daños cubre todas las viviendas construidas y en proceso de construcción que son garantía de créditos otorgados, además de los daños que presenten las casas de trabajadores morosos, siempre y cuando éstos regularicen su adeudo.

La datos vigentes de la Póliza de Seguro de Daños de Infonavit PARA EL 2015 son:

  • No. de Póliza Contratada – 3301400000191
  • Aseguradora – Mapfre Tepeyac, S.A.
  • Vigencia – 31/05/2014 al 31/05/2016.

Los datos generales se pueden descargar “AQUÍ“.