Trabajo para un Outsourcing ¿a qué tengo derecho?

A pesar de ser uno de los esquemas más incómodos y hasta cierto punto inciertos que existen, cerca de 4.9 millones de trabajadores trabajan por outsourcing en el país. NO es algo malo, pero debes asegurarte que la empresa que paga tu sueldo y te contrató cumpla con las obligaciones fiscales, además de las obligaciones y derechos laborales que debes tener como su empleado, al menos, los principales: tener un Contrato por escrito, mantener un Registro de Antigüedad, darte seguridad social (IMSS), un Aguinaldo cada mes de diciembre, pagar lo que corresponde al Afore e Infonavit, Vacaciones de ley con Prima Vacacional.

Este esquema no es malo y no pretendo satanizarlo, pero no me gusta la falta de información que existe sobre las ventajas y desventajas que tiene el Outsourcing para el TRABAJADOR y sus derechos laborales. El problema es que existen algunas empresas de Outsourcing que no registran a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o lo hacen con un salario menor al real. De esta forma la empresa se ahorra dinero, pero perjudica al trabajador, a veces sin que éste se entere.

Como trabajador subcontratado,  tienes derecho a obtener una pensión cuando llegue el momento y cumplas con los requisitos necesarios, pero debes llevar un control de las semanas cotizadas en el IMSS y monitorear que te tengan registrado con tu sueldo real y no te estén dando de baja periódicamente para luego volverte a dar de alta.

Este esquema de contratación es perfectamente legal y no tiene nada de malo; sin embargo, hay malas prácticas por parte de algunos patrones para evadir el cumplimiento de sus obligaciones laborales, siendo tres las más comunes:

  • Te registran en el IMSS con un salario menor al que realmente percibes o incluso no te registran.
  • La empresa cambia de razón social frecuentemente; aunque te digan que no te afectará porque la nueva queda como patrón sustituto, la realidad es que eso es falso, pues si te afecta en varias cosas que explicamos más adelante.
  • Te dan de alta en el Seguro Social y al cabo de unos meses de dan de baja, para luego volverte a dar de alta,  con el único fin de ‘ahorrarse’ el pago de cuotas durante algunos meses.

Muchas veces, el trabajador ni cuenta se da o le hacen creer que no lo afectará, cosa que no es verdad, ya que al dejar de cotizar en el IMSS, no acumulará las semanas que pasaron mientras estuvo dado de baja y eso lo afecta en su pensión, sus semanas cotizadas, la acumulación de puntos que necesitan para obtener un crédito Infonavit, entre otras cosas.

Si la empresa no les avisa a los trabajadores que los dió de baja, éstos no se dan de cuenta porque la ley permite seguir recibiendo atención médica en el IMSS durante 2 meses contados desde la fecha de la baja. De esta forma aunque vayas  a solicitar atención Médica, no te la negarán y no te das cuenta que te dieron de baja. Luego te vuelven a dar de alta antes de cumplir 2 meses de baja y asunto arreglado (al menos para ellos)… pero ya te perjudicaron.

El cambio de razón social, también te afecta en dos puntos: NO generas antigüedad en tu empleo y te restan puntos en el Infonavit al no generar continuidad laboral.

¿Quien es el verdadero patrón de un empleado de Outsourcing?

No serán considerados intermediarios, sino patrones, las empresas que presten servicios a otras, para ejecutarlos con elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores“. En otras palabras tu patrón es la empresa que te contrató y paga tu sueldo, aunque trabajes para otra empresa.

¿Quien debe pagar las utilidades de una persona que trabaja en Outsourcing?

Supongamos que trabajas dentro de las instalaciones de una empresa que generó muchas utilidades, pero tu contrato lo tienes con una empresa del tipo Outsourcing; en ese caso, el pago de utilidades te lo debe dar con quien tienes firmado tu contrato y no para quien trabajas formalmente. Si la Outsourcing no tuvo utilidades (como generalmente sucede), entonces no recibirás un centavo de utilidades.

La Junta Conciliación y Arbitraje acordó que el pago de utilidades lo debe cubrir la empresa que te contrató y paga tu sueldo, y solo en el caso de que ésta no cumpla la obligación, el contratante será el responsable de pagarte. En decir que la empresa para la que realmente realizas tu labor, solo tendría que pagarte las utilidades en el remoto caso de la Outosourcing tuviera utilidades y no te pagara lo que te corresponde; suena muy bonito, pero en la práctica sería algo sumamente complicado de hacer.

Los que trabajan en un Outsourcing, ¿tienen derecho al Infonavit?

La respuesta es que SÍ tienen derecho, y con cada semana cotizada van acumulando puntos, el problema radica en que es práctica común que esas empresas den de baja por 1 ó 2 meses a sus trabajadores para que no generen antigüedad y para ahorrarse un poco de la aportación patronal o para no pagar cuotas del IMSS. El problema es que además de no contabilizar las semanas cotizadas ante el Seguro Social, cuando los dan de baja, el Infonavit les resta los puntos acumulando por  Continuidad Laboral además de no generar puntos cuando NO hay pago de aportación patronal,  y cuando vuelven a darlos de alta, tarda un par de meses para empezar a sumar puntos nuevamente, pero luego los vuelven a dar de baja y volvemos a empezar….lo que implica que nunca llegarán a tener los 116 puntos que se necesitan para pedir su crédito Infonavit.

Finalmente cuando registran a sus trabajadores con un salario más bajo que el que realmente les pagan, afecta el límite de crédito que les puede dar el Infonavit para comprar su casa, pues la capacidad de pago del trabajador y su crédito máximo, dependen del sueldo registrado y no del que realmente reciben “por fuera”.

¿Puedo conseguir una pensión aunque esté en un outsourcing?

Las empresas de outsourcing deben cumplir TODOS los derechos básicos que establece la Ley Federal del Trabajo, la seguridad social, el pago de impuestos y la protección de datos personales. Lo que te da derecho a tener una pensión en el futuro.

Sin embargo, es importante que revises con qué sueldo te tienen registrado. Te puedes dar cuenta revisando si en tu recibo de nómina aparece una cantidad menor a la que realmente te pagan o si te dan una parte en efectivo y/o sin recibo. Si ese es tu caso, es casi seguro que te tienen registrado con una salario menor tanto en el Infonavit como en el IMSS y eso te afecta en el monto del crédito que te podrán dar en el Infonavit, y también  para tu pensión en un futuro.

Recuerda que las empresas de outsourcing deben cumplir con todas las prestaciones de Ley y ofrecer los mismos derechos que a cualquier otro empleo en una empresa que contrata directamente a sus Trabajadores; NO tengas miedo a exigirlos.

Te sugiero que descargues la aplicación “IMSS DIGITAL” en Google Play o Apple Store  y cada determinado tiempo consultes si siguen vigentes tu derechos ante el IMSS.

no pierdas semanas IMSS estando en Outsourcing

Adicionalmente revisa tu salario registrado y que no te estén dando de alta y de baja, porque estarías perdiendo semanas de cotización; revisa de forma periódica tu reporte de semanas cotizada en el IMSS (Ver “Reporte de Semanas Cotizadas en el IMSS“), ya que de lo contrario es probable que no llegues a las semanas que piden para poderte Pensionar en un futuro o nunca puedas solicitar tu crédito Infonavit.