¿Cómo se hereda la pensión del IMSS a la muerte del trabajador?

Cuándo fallece un trabajador que pensionado ante el IMSS, sus familiares tienen derecho a una pensión por algunos conceptos, vamos a responder a la pregunta de  ¿Cómo se hereda la pensión del IMSS a la muerte del trabajador, quiénes tienen derecho a recibir la pensión? El fundamento es la Ley del IMSS de 1973 en su Capítulo V, Sección 5a y artículos 149 al 159 y en resumen existen las siguiente opciones para recibirla:

1.- Qué pensión me corresponde como Viuda o Esposa del trabajador fallecido.

Mi esposo murió y quiero saber si puedo cobrar yo su pensión o qué me corresponde como viuda del trabajador”.

Cuando muere el trabajador,  la pensión por viudez que le corresponde a la esposa, es de hasta del 90% de lo que recibía el trabajador en vida (Esposo).

2.- Qué pensión me corresponde como Viudo o Esposo de la trabajadora fallecida.

“Falleció mi esposa y quiero saber si puedo cobrar su pensión como esposo aunque sigo trabajando, porque en el IMSS me la están negando pues dicen que debo estar incapacitado o demostrar que era dependiente económico de mi esposa.”

Cuando muere la trabajadora,  la pensión por viudez que le corresponde al esposo es de hasta del 90% de lo que recibía la trabajadora en vida (Esposa).

Sin embargo, para viudos, el IMSS establece en su ley que solo te la da si eres discapacitado o demuestras una dependencia económica de tu esposa que acaba de morir.

Aunque se puede pelear tal como lo explicamos AQUÍ.

3.- Que pensión me corresponde como Concubina del trabajador fallecido.

Mi pareja o concubino falleció, ¿Tengo derecho una pensión?

Si, pero la concubina debe estar plenamente reconocida, por medio de algún acta o certificado del juez de lo familiar.

La concubina tiene derecho a recibir una pensión por viudez  de hasta el 90% de lo que recibía el trabajador en vida, siempre y cuando no exista otra concubina o alguna esposa (eso incluye cuando no hubo un divorcio formalizado ante la autoridad).

Sin importar si tenía muchos años separado o si no tuvieron hijos.

4.- Que pensión me corresponde si el trabajador tuvo esposa de la que no se divorció y ademas una Concubina:

Si murió mi pareja o concubino, pero él nunca se divorció, tengo derecho a una pensión“.

La esposa siempre tiene prioridad sobre la concubina para efectos de las pensión, aunque en caso de “pleito” a la hora de pedir la pensión las 2 personas, el IMSS se las podría negar a ambas.

Si se aplica la ley, a la esposa le corresponde la pensión por viudez de hasta el 90% de la pensión del trabajador fallecido y 0% de pensión para la concubina.

5.- Que pensión me corresponde si el fallecido tuvo varias concubinas.

Si el fallecido tuvo varias concubinas, entonces ninguna tendrá derecho a la pensión (Negativa de pensión).

Lo anterior sin importar si el trabajador fallecido tuvo hijos con una, dos o incluso con todas las concubinas.

Ninguna concubina tiene preferencia ante las demás, por lo que no les corresponde una pensión.

6.- Qué pasa si  la viuda o concubina que recibe una pensión, se casa con otra persona.

¿Tengo una pensión por viudez, ¿Me puedo volver a casar?

En ese caso se cancela la pensión y se le pagan 36 meses de pensión, por finiquito de pensión por viudez.

quienes tiene derecho a heredar una pension del IMSS al morir el trabajador
quienes tiene derecho a heredar una pension del IMSS al morir el trabajador

7.- Qué pensión me corresponde como Hijo menor de edad o estudiante

“Si mi papá falleció, a qué pensión tenemos derecho mis hermanos y yo como huérfanos“.

Cada hijo menor de edad o que esté estudiando, tiene derecho a recibir hasta el 20% de la pensión que recibía el trabajador en vida, por Pensión por Orfandad.

Se considera menores hasta antes de cumplir 17 años, si no están estudiando.

Si siguen estudiando, seguirán recibiendo la pensión hasta los 25 años o hasta que dejen de estudiar, lo que suceda primero.

Importante considerar que la suma de los % de los hijos no debe superar el 100% de la pensión que recibia el trabajaro en vida. Es decir que si tuvo 6 hijos, al sumar el 20% de los 6 daría 120% de la pensión, por lo que se calcularía una pensión del 100% dividida entre los 6 hijos, reduciendo el porcentaje para cada hijo.

Por otro lado, si los hijos son huérfanos de padre y madre, el tope de pensión puede pasar del 20% al 30% para cada uno.

Pero se irá cancelando cuando cada hijo llegue al tope que marca la ley (17 años sin estudiar o 25 si están estudiando).

9.- Que pensión me corresponde  como Hijo incapacitados.

¿Si mi esposo falleció y tengo un hijo discapacitado, tiene derecho a una pensión?

En el caso de los hijos discapacitados, tienen derecho a una Pensión por Orfandad de hasta el 20%, sin importar la edad.

10.- Que pensión me corresponde como Esposa o Concubina con hijos menores de edad o estudiando.

“Qué pensión me corresponde si mi esposo falleció y tenemos varios hijos”.

Aquí se suman la Pensión por Viudez de la esposa o concubina, con la Pensión por Orfandád de los hijos.

Importante considerar que la suma de todas las pensiones, no puede superar el 100% de la pensión que recibía el trabajador fallecido.

Los hijos que tendrán derecho a la pensión de orfandad, serán los menores de 17 años o los menores de 25 que siga estudiando.

Como se heredan las pensiones del IMSS sin testamento
Como se heredan las pensiones del IMSS sin testamento

11.- Que pensión me corresponde cuando Padre o Madre del trabajador,

“Mi hijo falleció y yo dependía económicamente de él, que pensión me toca?

Cuando no hay esposa, concubina o hijos y los padres dependan del trabajador, se puede solicitar la Pensión por Ascendencia para los padres.

Misma que corresponde hasta el 20% por cada padre que sobreviva al trabajador fallecido.

Si el trabajador fallecido tuvo esposas o hijos, entonces no se puede solicitar la pensión por Ascendencia para los padres.

12.- Qué pensión me corresponde como ex-esposa del trabajador fallecido.

Si mi ex-esposo falleció, tengo derecho a alguna pensión, pues aunque divorciados, seguimos viviendo juntos y yo siempre lo atendí“.

NO tiene derecho a pensión alguna, debido a que no existe un vínculo matrimonial, ya que éste terminó con el divorcio.

Revisa qué opción aplica para recibir la pensión del IMSS en caso de muerte de tu familiar.