El Seguro de Desempleo no aplica si Renuncias, así que cuidado!!!

Cuando hay un despido, muchas de las veces el patrón y el trabajador llegan a un acuerdo en donde se paga algo intermedio entre un finiquito y una liquidación. Si conociendo tus derechos decides aceptarla, está bien, pero debes saber que si tienes un crédito con un Seguro de Desempleo, NO podrás aplicarlo en el pago de las mensualidades de tu préstamo.

Lo anterior debido a que los seguros por desempleo ligados a los créditos Hipotecario, créditos personales, créditos de auto u otro tipo de préstamos, solo se activan si la pérdida de la relación laboral es sin responsabilidad para el trabajador.

Es decir que solo aplica si te despiden de tu trabajo y no si renuncias o llegas a un acuerdo con tu empleador y él reporta la baja como renuncia.

En pocas palabras, si la baja laboral es por renuncia o convenio entre el trabajador y el empleador y el segundo lo reporta como renuncia, el seguro de desempleo del crédito Hipotecario NO cubrirá las mensualidades de tu créedito.

Lo mismo pasa no solo con los Hipotecarios, sino que también con todo los créditos o préstamos con bancos o financieras que tengan ese seguro por desempleo ligado al préstamo.

Te sugiero leer “Perdí mi empleo, ¿qué hago con mis deudas?“, donde abordamos algunos puntos a considerar cuando renuncias y piensas negociar tu salida en el “mejor de los términos”.

DesempleoRecuerda que el mejor de los términos para la empresa, no necesariamente son los que a ti te convienen.

Hay que saber que aunque el Infonavit tiene el esquema de prórrogas para cuando pierdes tu relación laboral (Ver “¿Convienen las prórrogas del Infonavit?” para conocer las desventajas de utilizar esta opción), realmente NO tienen un Seguro de Desempleo que cubra las mensualidades de los créditos Hipotecarios, a diferencia de los bancos que si tienen un seguro que te ayuda por algún tiempo, mientras consigues un nuevo trabajo.

Todos los créditos Hipotecarios deben tener ligado un seguro de vida y un seguro de Desempleo que cubra las mensualidades de tu préstamo durante algunos meses, mismos que dependen de cada banco y las condicione del seguro que tenga tu crédito. Se supone que el seguro por desempleo es gratuito pero la realidad es que lo incluyen en el seguro de vida que si te cobran.

Si renuncias o negocías la salida de tu trabajo, tu debes seguir pagando por tu cuenta la mensualidad de tu crédito, a diferencia de si te corren por despido injustificado en tu empleo. Este seguro por desempleo solo aplica para los asalariados y no para los créditos de empresas, Pymes o independientes, es decir personas físicas con actividad empresarial, a menos que el crédito así lo estipule.

Para poder aplicar el seguro debes ir al banco con tus escrituras y la póliza del seguro (si no la tienes porque no te la dieron o no la solicitaste al recibir tu crédito, es importante que vayas a recogerla cuanto antes) y con documentos que demuestren que te despidieron de tu trabajo. Por ejemplo la hoja que muestre la baja y su motivo o la indenmización por liquidación.

Todo mételo por escrito y pide que te entreguen copia firmada y sellada de recibido, pues es común que luego digan que no metiste el trámite o que no encuentran el expediente.

Algunos bancos piden la baja del  IMSS, aunque de todas formas el banco verifica con el Instituto si ellos tienen registrada la baja o no.

Sabemos de varios casos donde aunque los despidieron, resulta que por alguna razón el encargado de Recursos Humanos de la empresa no dió de baja al trabajador y por ese motivo no pueden aplicar el seguro de desempleo.

Se supone que el proceso es rápido, pues al banco le conviene que el seguro se aplique rápidamente para no dejar de recibir le pago mensual,  pero la realidad es que muchos empleados bancarios no conocen el proceso de aplicación del seguro de desempleo o el solicitar al Infonavit el importe de la mensualidad en el caso de los créditos con Apoyo Infonavit.

El Seguro de Desempleo es distinto al Apoyo Infonavit

Aunque algunos se confunden con estos dos términos, es importante saber que son cosas distintas aunque ambas sirve para cubrir las mensualidades que se vayan venciendo en caso de perder la relación laboral.

El Seguro por Desempleo es el que explicamos en parte superior de este artículo y se aplica cuando te despiden de tu trabajo durante algunos meses, mismos que dependerán  de las condiciones de la póliza de seguro que se haya contratado al tramitar el crédito.

El Apoyo Infonavit se genera en base a tienes un crédito hipotecario con un banco y que firmaste una carta de instrucción irrevocable con el Infonavit, donde el saldo de tu Subcuenta de Vivienda queda como garantía en caso de perder tu trabajo, para que las mensualidades del crédito que se vayan venciendo, se paguen con lo que tienes en Infonavit.

En este caso, se empieza a pagar desde el mes siguiente a que te den de baja en el IMSS y continua pagando hasta que vuelvas a tener un nuevo trabajo o cuando se acabe el dinero que tienes en el saldo de tu subcuenta.

Esa es la principal diferencia entre un Seguro de Desempleo y el Apoyo Infonavit. Por último te comparto que si la aplicación del Seguro es un tanto lenta en el banco, el Apoyo Infonavit es un área más desconocida para los bancos.

Digo esto porque cuando tuve necesidad de hacerlo hace algunos años, yo tuve que explicarle al empleado del banco lo que era el Apoyo Infonavit y la existencia de la Carta de Instrucción irrevocable para aplicarlo en mi crédito mientras estuve sin trabajo.