Perdí mi empleo por Despido, qué hago con mis Deudas

Hablando un poco de las deudas y el motivo por el que muchos dejan de pagar, pienso que hay dos razones fundamentales: la principal o al menos la más frecuente, es una mala administración familiar, pero la segunda es el despido que sufren muchos mexicanos en los empleos donde tenían un buen sueldo.

Resulta que al perder tu empleo por despido, además quedar con el impacto psicológico que ésto genera, resulta que te das cuenta que no puedes hacer frente a tus deudas y al mismo tiempo mantener a la familia al mismo nivel que tenías cuando trabajabas.

Escuchar la frase “perdí mi empleo porque me despidieron de mi trabajo; no sé cómo seguir pagando mis deudas y al mismo tiempo darle de comer a mi familia.” Es algo común hoy en día; realmente lo escuchamos en pláticas con amigos de forma cada vez mas frecuente.

Dicen que nadie experimenta en cabeza ajena; tal vez sea por eso que cuando nosotros no hemos pasado por un despido y todas sus consecuencias, no nos identificamos con el tema y no sentimos empatía por la persona que fué despedida y ahora no sabe qué va a hacer para continuar su vida.

Es normal que después de un despido, las personas sientan un vacío en el estómago, aunque luego les llega un gran coraje contra la empresa que decidió prescindir de sus  servicios, para pasar a tranquilizarse pensando que podrán vivir con la liquidación que les dió la empresa.

Pasa el tiempo, se agota la liquidación y empiezan a utilizar sus reservas económicas, por lo que las tarjetas de crédito se vuelven la única fuente de para pagar lo necesarios para vivir.

Empiezan a quedarse sin dinero, por lo que inicia la desesperada búsqueda de una nueva fuente de ingresos, que muchas de la veces, se termina aceptando un trabajo con un sueldo menor al que tenían.

Aunque el proceso anterior se considera “normal”,  hay que considerar que muchas personas fueron despedidas, pero NO recibieron una liquidación o tal vez no de forma completa.

DespidoPor desgracia empresas se aprovechan del gran desconocimiento que existe sobre la forma en qué se debe realizar el cálculo de la liquidación que le corresponde a quien es despedido.

Aunque la ley marca de forma clara los motivos para poder ser despedido, el trabajador no sabe si su baja es justificada o injustificada.

Como ejemplo, tenemos que existe una creencia popular que tener 3 faltas consecutivas en el mes, es motivo suficiente para ser dado de baja en tu trabajo.

Eso es falso, pues la ley Federal del Trabajo marca en su artículo 47 que uno de los motivos para sufrir un despido de forma justificada es: “X. TENER EL TRABAJADOR MAS DE TRES FALTAS DE ASISTENCIA EN UN PERIODO DE TREINTA DIAS, SIN PERMISO DEL PATRON O SIN CAUSA JUSTIFICADA;

Ojo que “Mas de 3 faltas” no son 3… realmente se necesitan 4 faltas para ser despedido de forma justificada.

Además, “en un periodo de 30 días aunque pueden ser los 30 días de un mes, no significa que las 4 faltas deban ser en el mismo mes, porque pudieran ser 2 faltas del 15 al 31 de marzo y  otras 2 faltas del 1 al 13 de abril, y aunque 2 de las faltas sean en un mes y las otras 2 en un mes distinto, SI se configura el despido por tener “más de 3 faltas” en un periodo de 30 días aunque sean 2 meses distintos.

Incluso si faltaste el 30 y 31 de Enero, luego 1 vez en el mes de Febrero (cualquier dia) y otra falta más el primero de marzo, entonces serían 4 faltas en un periodo de 30 días aunque fueran de 3 meses distintos.

Realmente son 15 los motivos para ser despedido de forma justificada (todos están el art. 47 de la Ley Federal del Trabajo), pero no basta con que exista uno de esos motivos para ser despedido, pues adicionalmente deben darte aviso por escrito, indicando la fecha y causa o causas de la rescisión labora. 

La falta de este aviso por escrito, es motivo suficiente para considerar el despido como INJUSTIFICADO.

Aunque la Ley defiende de forma preferente al trabajador, debemos conocer nuestros derechos para hacerlos valer.

Por eso los invito a informarse y a conocerlos y no irse por lo que dice su compadre o el amigo de un amigo.

Si sufres un Despido, contacta a un Abogado Laboral ante de firmar tu liquidación o Finiquito. NO te apresures a firmar para recibir el dinero, porque podrían estarte dando mucho  menos del que te corresponde.

Una cosa es el finiquito y otra distinta la liquidación.

Un Finiquito le corresponde a un trabajador que renuncia a su labor por decisión personal, pero también cuando cuando de “común acuerdo”, donde el trabajador y la empresa deciden dar por terminada la relación laboral.

Importante saber que “Común acuerdo” significa que trabajador está de acuerdo en renunciar y no le interesa continuar trabajando en la empresa (sin liquidación).

Te sugiero leer “El Seguro de Desempleo no aplica si Renuncias o llegas a un acuerdo con tu Empleador” porque si pierdes tu relación laboral por despedido, SI podrás aplicar el seguro para cubrir las mensualidades de tu crédito, pero si renuncias NO te aplica el seguro.

Una Liquidación es para un trabajador que fué despedido de forma injustificada (sin responsabilidad para el empleador), ya sea por que la empresa decidió cancelar el contrato por motivos que no tienen que ver con el desempeño laboral del empleado. Por ejemplo por reestructura del área, el cierre de la empresa o la desaparición del puesto que venía desempeñando el trabajador.

También se aplica la Liquidación cuando existe un despido injustificado  cuando el trabajador renuncia por una falta grave cometida por el patrón, como engaños, amenazas, violencia, hostigamiento, acoso sexual, reducción del salario o por existir un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o su familia.

Sea cual fuera el motivo que origine tu salida de la empresa, te sugiero asesorarte con algún abogado Laboral o la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) para que te ayuden con el cálculo de tu Finiquito o el cálculo de tu Liquidación, según te corresponda por ley.

Todo antes de firmar y recibir el cheque que te ofrecen.