Es Legal reducir el salario del trabajador si éste acepta, aún sin darse cuenta
Es legal reducir el salario del trabajador si éste está de acuerdo y acepta que le bajen el sueldo, aunque en ocasiones pudiera estar dando su consentimiento aún sin darse cuenta. Ésto no es algo nuevo ni exclusivo de México, por ejemplo en España si es legal una reducción salarial en algunos casos, siempre y cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, para reducir el salario de los empleados gracias a su reforma laboral de hace algunos años, pero en México NO es legal la reducción del sueldo a menos que el trabajador la acepte, de forma escrita o incluso sin darse cuenta plenamente.
Aunque afirmar que NO se le puede bajar el sueldo a un trabajador se ha manejado como una “verdad absoluta” desde algunos años, la realidad es que la ley NO prohibe de forma tajante el reducir el salario al trabajador cuando el empleado está de acuerdo con que se haga.
Lo que si está prohibido, es que se le pague menos del salario mínimo aunque el trabajador esté de acuerdo e incluso haya firmado un contrato que así lo establezca. Es un derecho irrenunciable y aunque existiera un contrato donde la persona aceptara no recibir un sueldo por su labor o recibir un pago menor al establecido como salario mínimo, eso NO sería legal y el documento NO tendría validez legal.
Pero fuera de los casos arriba indicados, la reducción de salario con el consentimiento del trabajador es válida y permitida legalmente.
Si el patrón le baja al sueldo al trabajador sin su consentimiento, se genera una rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador. Lo que permite que el trabajador sea indemnizado como si se tratara de un despido injustificado.
¿Qué puedo hacer si mi patrón me baja el sueldo sin mi autorización? Hay varias opciones que puedes tomar, y empezaremos con la más sencilla de todas, pero la menos común, que sería aceptar la reducción del sueldo: en Cuyo caso si basado en la situación que vive la empresa tu decidas aceptar una reducción de tu sueldo con la idea de apoyar la continuidad de la empresa.
La segunda alternativa sería optar por Rescindir la relación laboral, en la cual tu podrías decidir terminar con la relación laboral y pedir que te liquiden en un periodo máximo de 30 días. En caso de que hubieran pasado 29 días desde la reducción del sueldo y no te hubieran liquidado, entonces debes optar por la tercera y última opción que sería Demandar a la empresa en la Junta de Conciliación y Arbitraje, ya sea la Junta Local o Federal, según corresponda, dependiendo del tipo de empresa de que se trate.
Si no te liquidan y no inicias el proceso de demanda antes de cumplir 30 días desde la fecha en que te bajaron el sueldo, entonces perderías el derecho a demandar a la empresa y solicitar el pago por la vía legal.
Lo anterior debido a que la ley establece que tienes un mes (30 días) para decidir si aceptas la reducción y continúas trabajando o si quieres que te indemnice, ya que una vez que pase ese tiempo y continuas trabajando en esa misma empresa, pierdes el derecho a demandar, ya que se da por entendido que ACEPTASTE la reducción salarial.
Así que si no estás de acuerdo con que te bajan el sueldo, entonces debes tomar una decisión, ya sea aceptar, negociar tu indemnización con la empresa o iniciar una demanda laboral antes de que paseen 30 días de que te bajaron el sueldo.
Aquí el fundamento legal en dos amparos, donde en el primero podemos ver que es legal reducir el salario del trabajador si éste está de acuerdo, con excepción de cuando pretenden pagarle menos del salario mínimo y en el segundo se establece que si el trabajador no hace algo al respecto para demostrar que NO está de acuerdo, se dará por entendido que lo autorizó aunque no hubiera firmado un documento con el cambio del sueldo:
SALARIO, REDUCCION DEL, POR CONSENTIMIENTO DEL TRABAJADOR. Si una carta que presenta un trabajador contiene únicamente las estipulaciones del contrato verbal celebrado entre el propio trabajador y la compañía, respecto del salario que iba a disfrutar aquél, para que dicha carta pudiera constituir un contrato escrito de trabajo, debería contener todos y cada uno de los requisitos a que se refiere el artículo 24 de la Ley Federal del Trabajo, en sus fracciones de la I a la VI, y si no es así, es indiscutible que tratándose de un contrato verbal, se puede modificar en la misma forma; por lo que, si obra en el expediente respectivo, un legajo conteniendo nóminas referentes a sueldos pagados por quincenas, y en todas esas nóminas, aparece el trabajador firmando recibos por determinada cantidad, sin que esas firmas hayan sido desconocidas por el mismo, y en su escrito de demanda expresa que su primitivo sueldo fue de una cantidad mucho mayor y se redujo a la que aparece en las mencionadas nóminas, no hay duda de que el mismo trabajador admitió la reducción del sueldo, y si durante más de dos años consecutivos, recibió como sueldo, cada quincena, la cantidad que consta en las nóminas de referencia, sin hacer reclamación o formular protesta alguna, sería extraño que después de un largo lapso de tiempo, pretendiese presentar reclamaciones por diferencias de salarios; y si no ha rendido prueba, en el sentido de que se hubiere ejercitado alguna coacción o violencia en su contra, para que firmara, al recibir, la dicha cantidad que expresan las nóminas, es evidente que consintió en la disminución de su sueldo.
Amparo en revisión en materia de trabajo 5798/35. Concha Enrique de la. 10 de diciembre de 1935. Mayoría de tres votos Disidentes: Xavier Icaza y Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.
Hola mi situación es que tengo un esquema mixto, recibo una parte por nómina y otra por honorarios, sin embargo harán la parte de compensación por honorarios variable de acuerdo a productividad, esto pone una condicionante que antes no existía para parte de mi sueldo ¿qué puedo hacer?
Hola Leticia, es decisión tuya aceptar el cambio o no.
Buenos Dias mi situacion es que recibo un sueldo base mas comision pero el patron decidio quitarme el sueldo base por completo y solo dejarme las comisiones eso es legal?
si no hay reducción de salario, pero en su lugar se pide a los trabajadores aportaciones voluntarias por apoyo a la emergencia sanitaria (covid 19), con la promesa de que pasando dicha emergencia se les devolverá por conceptos exentos de gravamen, que repercusiones fiscales, tiene dicha circunstancia? Gracias.
Hola Francisco, ¿por qué monto te piden las aportaciones y cómo se las entregas a tu patrón?, ¿Te da algún recibo o solo le entregas el dinero?
tengo 5 semanas trabajando y hace una semana me bajaron el sueldo , que puedo hacer??
Hola Maricela, ¿baja qué pretexto te bajaron el sueldo?, ¿de cuánto a cuanto?
Que tal yo tengo un puesto y recibo un salario digamos que elevado más de los 4,000 mil pesos , ahora me quieren cambiar de departamento por lo mismo en ese departamento el salario es mínimo a lo que yo gano , mi pregunta es me pueden bajar el salario a menos de lo que yo gano
Hola José, si te pueden cambiar de puesto, pero es ilegal que te bajan el sueldo sin tu consentimiento.
buen dia, que puedo hacer en caso de que en la situacion actual de pandemia,mi jefe me baja el salario minimo con la excusa de que la situacion crisis deben bajar algunos gastos
Hola Jorge, NO te puede pagar menos del salario mínimo, eso sería ilegal!!!!
muchísimas gracias, me sirvió de mucho esta información
Hola, quieren bajar mi salario 20% argumanetando que es solo un cambio de modalidad a salario mixto. (80 fijo, 20 mixto)y me quieren hacer firmar una especie de adéndum a mi contrato original. No estoy de acuerdo. Para mi es una reducción de salario. Ya le comente a mi patron que no quiero firmar. Entiendo que por ley podria pedir la rescición de contrato articulo 51 fraccion IV y una indemnizacion y que tengo 30 días para “negociar”…sino antes de los 30 días demandar. Es correcto? Tengo que seguir acudiendo a trabajar en estos 29 días? Ahorita que están cerradas las Juntas…qué procede cpn el término? Pues si pasan los 30 días se entendería que estoy de acuerdo y pierdo… Leer mas »
Necesito saber gracias
Hola Leo, ¿qué necesitas saber?
Hola tengo una pregunta si yo me encuentro con incapacidad por accidente de trabajo por parte de la empresa que laboro ya que me mandaron a hospital particular para que no asistiera al imss, y quieren bajar los sueldos al 50 % por la emergencia sanitaria, es legal que me bajen mi ingreso aunque yo estoy incapacitado y desde hace una semana ya no me an dado el servicio médico que necesito
Hola Leo, no es legal reducir tu sueldo, pero dada la pendemia si pueden negociar contigo para hacerlo por un tiempo derteminado; lo que no es legal es que no te dejen ir al imss por tu incapacidad y atención médica. Pide que te sigan atendiendo o tendrás que ir al IMSS a exponer la situación.
Tendría algún problema en el imss para la atención si ya pasó un mes de el accidente de trabajo y la empresa no declara mi salario que percibo me tienen dado de alta con otro salario menor
Mientras estén pagando la cuota obrero patronal, te seguirán prestando la atención médica y medicinas, pero la pensión que te darían se calcula sobre tu sueldo registrado con ellos.
Hola buena tarde, es Legal que me cambien de Jefe de Departamento Nivel 500 y me bajen al Nivel 2600 de Base, sin que me hayan avisado de estos movimientos?
Hola Aida, si no te bajaron el sueldo, tu puedes elegir si aceptas el cambio de puesto; si te redujeron el sueldo, no es legal a menos que tu estuvieras de acuerdo.
tengo una pregunta si pido mi cambia a un turno de dia ke gana 1400 pesos y mi turno de noche me paga 1600 es legal ke me rebajen el sueldopor cambiarme de la noche al turno de la manana?
Hola buena tarde, tengo una duda, espero me puedan asesorar.
La empresa en la que laboro es un aoutsourcing actualmente tengo un salario, el mismo desde hace 4 años, al parecer otra empresa va a absorbernos, pero al parecer lo salarios que ellos manejan son mucho menores a los que tenemos actualmente, en caso de que hubiera un cambio de proveedor y nos hicieran cambiarnos a la otra empresa, si quisieran bajar el sueldo que actualemente tenemos y no estamos de acuerdo, se pude pedir la liquidación y temrinar la realción laboral???
Gracias.
Hola Angélica, si puedes hacer lo que comentas, a reserva de que revises tu contrato de trabajo; te sugiero ir a la PROFEDET para que te asesoren.
Buen día, entiendo la parte de que el sueldo no puede reducirse sin consentimiento directo o indirecto del trabajador, mi duda es hacia el salario diario integrado (SDI), éste puede reducirse aunque no afecte el sueldo real que se depositaal trabajdor?
Gracias!
Buen dia, tengo una duda respecto al seguro social, cuando una persona se da de alta con un salario por ejemplo de 200 diarios y para bajarle el salario se puede dar de baja y volver a dar de alta con un salario mas bajo por ejemplo de 100? esto es correcto, (creo que hacer una modificación no está permitido para bajarlo, si no para aumento).
Trabajo hace 13 años en un Sindicato azucarero, no tenemos un contrato escrito y tenemos unas prestaciones superiores a las que otorga la ley que se nos vienen pagando desde un principio, una de éstas son la forma en que nos pagan las vacaciones, pero la nueva administración pretende reducirnos en principio la prestación y luego exponerlo en asamblea para retirárnoslas, aún cuando les dimos pruebas de los pagos anteriores… esto es legal?… en caso de que no, qué podemos hacer los trabajadores de oficina para defendernos de esta situación?
Hola Isabel, puedes pedir asesoría y apoyo en la PROFEDET.
HOLA TRABAJO EN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD Y CON EL AJUSTE DEL SALARIO MINIMO DESCUBRI QUE BAJO EL SUELDO DE 2.58 SALARIOS MINIMOS A 2.33 QUE PODRIA HACER EN ESTA SITUACION
Hola Víctor, habla con el encargado de nómina para que te explique el motivo de la reducción del sueldo y de ahí partes.
MUY BUENAS TARDES , TENGO EXACTAMENTE 7 AÑOS LABORANDO EN MI EMPLEO , ME VAN A REDUCIR MI SUELDO , SI NO ACEPTO EL NUEVO SALARIO Y PIDO RESCINDIR DE MI CONTRATO , COMO PUEDO CALCULAR LA CANTIDAD QUE SE ME TIENE QUE DAR COMO LIQUIDACION?
Hola José, en caso de liquidación te deben pagar
a) Salario devengado desde la fecha de tu último pago de nómina al momento de la baja.
b) Prestaciones devengadas desde la fecha de tu último pago de nómina al momento de la baja
c) Parte proporcional de Aguinaldo
d) Parte proporcional de Prima vacacional
e) 90 días de sueldo (liquidación)
f) 12 días por cada año trabajado, como prima de antigüedad (pero topados a 2 UMAS por año)
g) 20 días de salario por años trabajados (en base a tu sueldo real).
Saludos.
en donde viene fundamentado? en caso de reclamo.
Hola Claudia, en la Ley Federal del Trabajo
Que tal buenas tardes una pregunta es legal que me reduzcan el sueldo, durante todo el año acumule 2 faltas, el sueldo que persivo llevo 4 1/2 años laborando en la empresa
Hola Andrés, no es legal que te reduzcan el sueldo a menos que tu aceptes tal como indicamos en el artículo superior.l
Buen día. Me pudieran asesorar por favor sobre el siguiente tema? Un trabajador a quien se le otorgó un ascenso y por consiguiente un aumento de sueldo, despues de un tiempo se determinó que no cumplió con las expectativas requeridas para ese puesto, por lo que se estaá considerando regresarlo al puesto que tenia anteriormente lo cual implicará tambien bajarle el sueldo al establecido para ese puesto. Mi duda es si la empresa estaría incurriendo o no en faltas a la ley ya sea la LFT o IMSS, y si aun estando de acuerdo el trabajador deba establecerse por escrito dicho acuerdo y deba o no ser necesario presentar dicho escrito ante las oficinas de Conciliacion y Arbitraje para tener… Leer mas »
Soy trabajador de monterrey de una tienda Departamental conocida pedí mi cambio a otra ciudad por cuestiones familiares pero me cambiaron mi sueldo base a sin sueldo base sólo tener Comisión del 3% y me hicieron firmar una hoja sencilla a traspasarla y estoy en duda si hice lo correcto en firmar o no??
¿Qué dice la hoja que firmaste?