Si te vuelves a casar te pueden quitar la Pensión por Viudez

Cuando solicitas y te otorgan tu pensión por viudez, empezarás a recibir un dinero gracias al trabajo que realizó tu cónyuge durante varios años, mismo que otorga el IMSS a quien queda viudo, previo trámite ante el Instituto. Dicha pensión es vitalicia (la recibirás mientras vivas), pero tiene algunas excepciones por las que te podrían quitar la pensión.

Uno de los motivos por los que puedes perder tu pensión por Viudez es si te vuelves a casar. Es decir que si quedas viudo o viuda y te otorgan la pensión, empezarás a recibir ese dinero cada mes, pero si te llegaras a casar nuevamente, el estado define que ya no la vas a necesitar, sin embargo cuando ésto sucede tienes derecho a un finiquito equivalente a 3 años de tu pensión.

Según lo que establece la Ley del Seguro Social de 1997, cuando la  viuda, viudo, concubina o concubino contraiga matrimonio civil, recibirá un finiquito equivalente a tres anualidades de la cuantía de la pensión. Para el caso la Ley del Seguro Social de 1973, el finiquito se otorga a la viuda o concubina.

Hago la diferencia entre la ley del 97 y la del 73, porque en la sociedad machista en la que vivimos, el IMSS definió en la ley del 73 que solo las mujeres que pierden al marido o concubino, pueden pedir la pensión por viudez. Para el Instituto los viudos (hombres) no tienen derecho a recibir una pensión por viudez, a menos que estén discapacitados para trabajar y dependieran económicamente de la mujer que falleció.

Lo anterior es totalmente ilegal por ser discriminatorio, pero de ese tema ya hablamos en “También los hombres pueden recibir una Pensión por Viudez aunque trabajen“.

Regresando al tema de perder la pensión, si te vuelves a  casar por el civil debes tramitar una Solicitud de Modificación de Pensión ante el IMSS, misma que será llenada por el personal del Instituto y se entregará para tu firma, además de que te solicitarán agregar los siguientes documentos:

  • Identificación oficial vigente Original y Copia
  • Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) o una Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE), que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) y el nombre del asegurado. Original y Copia
  • Copia certificada del Acta de Matrimonio Original

Para tramitar la Modificación de Pensión ante el IMSS, debes ir a la Unidad de Medicina Familiar o a la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas, o en el horario ampliado que determine la Delegación.

Si eres pensionado por viudez ante el IMSS y te volviste a casar por el civil tienes derecho a que antes de que puedan quitar la pensión, te entreguen el equivalente a 3 años de la pensión, como un especie de finiquito.

Si te fijas bien, el IMSS establece que para perder la pensión, es necesario que te vuelvas a casar por el civil, por eso muchos viudos y viudas que reciben una pensión, deciden NO volverse a casar y prefieren vivir en Unión Libre o en concubinato, incluso prefieren romper con la pareja para no tener problemas.

Tengo una amiga que enviudó muy joven hace ya mas de 20 años, empezó a recibir una pensión por viudez de parte del IMSS, empezó a salir con un hombre,  y después de algún tiempo tenían planes de boda. El problema vino cuando se enteró que si se casaba le iban a quitar la pensión, así que prefirió NO casarse, pues para ella es muy importante seguir recibiendo ese dinero cada mes.

Volverse a casar hara que te quiten la pension

Todos tenemos derecho a re-hacer nuestras vidas, pero NO sé si está bien o mal que el IMSS te quite la pensión por viudez si te vuelves a casar ¿Tu qué opinas?